Micelio

Artículo 4

Ley 120 de 1985 · por la cual se conceden unas autorizaciones al Gobierno Nacional con base en el numeral 11 del artículo 76 (Constitución Nacional), en relación con unas carreteras del Departamento de Antioquia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El mantenimiento de las carreteras que son objeto de la presente Ley, debe ejecutarse con recursos propios del presupuesto ordinario del correspondiente Distrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 120 de 1985