°. Planta de personal. Establézcase la siguiente Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con cargo al presupuesto de gastos de funcionamiento: 1.1. Despacho Dirección General N° de empleos Denominación del empleo Código Grado 1 (Uno) Director General 510 07 8 (Ocho) Asesor III 403 03 10 (Diez) Asesor II 402 02 12 (Doce) Asesor I 401 01 2 (Dos) Gestor III 303 03 2 (Dos) Gestor I 301 01 2 (Dos) Analista IV 204 04 4 (Cuatro) Analista III 203 03 12 (Doce) Analista II 202 02 2 (Dos) Facilitador IV 104 04 3 (Tres) Facilitador III 103 03 1.2 Planta Global N° de empleos Denominación del empleo Código Grado 7 (Siete) Director 509 06 1 (Uno) Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero 508 06 1 (Uno) Jefe de Oficina de Control Interno 507 05 1 (Uno) Jefe de Oficina de Comunicaciones 507 04 22 (Veintidós) Subdirector 506 04 6 (Seis) Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero Delegado 505 04 14 (Catorce) Director Seccional III 504 04 14 (Catorce) Director Seccional II 503 03 15 (Quince) Director Seccional I 502 02 10 (Diez) Director Seccional Delegado 501 01 72 (Setenta y dos) Inspector IV 308 08 27 (Veintisiete) Inspector III 307 07 111 (Ciento once) Inspector II 306 06 91 (Noventa y uno) Inspector I 305 05 172 (Ciento setenta y dos) Gestor IV 304 04 478 (Cuatrocientos setenta y ocho) Gestor III 303 03 1.071 (Mil setenta y uno) Gestor II 302 02 238 (Doscientos treinta y ocho) Gestor I 301 01 133 (Ciento treinta y tres) Analista V 205 05 241 (Doscientos cuarenta y uno) Analista IV 204 04 195 (Ciento noventa y cinco) Analista III 203 03 303 (Trescientos tres) Analista II 202 02 162 (Ciento sesenta y dos) Analista I 201 01 191 (Ciento noventa y uno) Facilitador IV 104 04 262 (Doscientos sesenta y dos) Facilitador III 103 03 142 (Ciento cuarenta y dos) Facilitador II 102 02 12 (Doce) Facilitador I 101 01
Decreto 4051 de 2008 →Vigente
Artículo 2
Planta De Personal
Decreto 4051 de 2008 · por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.