Micelio

Artículo 17

Renuncia Del Curador Urbano

Decreto 992 de 1996 · por el cual se reglamenta el capítulo IV del Decreto Extraordinario 2150 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Renuncia del Curador Urbano . Se entienden que el particular renuncia a su designación como curador urbano en los siguientes casos

1.

Por la no aceptación expresada por escrito de la designación hecha por el alcalde municipal o distrital.

2.

Por el transcurso de treinta días, contados a partir de la designación, sin que tome posesión de su cargo, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 992 de 1996