En los términos de la Ley 86 de 1931 , establécese en Cartagena una Oficina de Turismo, dependiente de la Junta de que tratan las anteriores disposiciones, encargada de atender al desarrollo del turismo no sólo en Bolívar sino en todo el país.
Ley 11 de 1932 →Vigente
Artículo 11
Ley 11 de 1932 · SOBRE CREACIÓN EN CARTAGENA DE UNA JUNTA DE MONUMENTOS HISTÓRICOS Y DE TURISMO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.