Micelio

Artículo 74

Los Arrendatarios De Estos Locales Se Constituyen Responsables Del Personal Que De Ellos Dependa, Y En Caso De Contravención Al Presente Reglamento O A Las Disposiciones Aduaneras, Se Les Aplicarán Las Sanciones Que En Los Mismos Se Establecen

Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los arrendatarios de estos locales se constituyen responsables del personal que de ellos dependa, y en caso de contravención al presente reglamento o a las disposiciones aduaneras, se les aplicarán las sanciones que en los mismos se establecen. El personal empleado en los almacenes particulares deberá sujetarse rigurosamente a las disposiciones generales de la Zona y aquellas que emanen de la Gerencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2034 de 1973