En El Caso De Dudas O Discrepancias En Materia De Límites, El Ingeniero Catastral Remitirá Además De Los Documentos Citados En Artículo Anterior Los Siguientes: A) Un Informe Especial De Los Representantes De Cada Una De Las Secciones Interesadas, En Que Justifiquen El Trazado Que Proponen Y Su Correspondiente Dibujo Sobre El Fotomosaico Y; B) Un Fotomosaico Especial De La Parte De Trazado En Litigio, En Que Esté Dibujada La Solución Más Técnica Desde El Punto De Vista Catastral
Decreto 803 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 62 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
En el caso de dudas o discrepancias en materia de límites, el Ingeniero Catastral remitirá además de los documentos citados en artículo anterior los siguientes
a)
Un informe especial de los representantes de cada una de las secciones interesadas, en que justifiquen el trazado que proponen y su correspondiente dibujo sobre el fotomosaico y;
b)
Un fotomosaico especial de la parte de trazado en litigio, en que esté dibujada la solución más técnica desde el punto de vista catastral.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.