Micelio

Artículo 3

Ley 18 de 1964 · por la cual se concede un auxilio a favor de la ciudad de Pamplona, por motivo de calamidad pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la inversión de este auxilio créase una Junta Administradora integrada así:

Un Delegado del Ministerio de Obras Públicas, un Delegado de la Gobernación del Departamento del Norte de Santander, el Alcalde de la ciudad de Pamplona, dos miembros del Honorable Concejo Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1964