Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1757 de 1942 · Por el cual se adicionan y reforman los Decretos números 554 y 1361 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las personas y entidades exentas del impuesto sobre la renta no podrán estipular, en ningún caso, el pago de los impuestos que recaigan sobre las personas que reciban de ellas alguna suma por concepto de sueldos, honorarios, compensaciones, bonificaciones, etc., ni contratar en forma que pueda extenderse la exención de que ellas gozan a las personas con quienes contratan. En estos casos, la Oficina de Control de Cambios y Exportaciones no concederá licencia alguna para exportación de sumas por los conceptos indicados, sin que con la respectiva solicitud se le presente el comprobante de que se ha pagado el impuesto correspondiente causado en el país. Este artículo no cobija las estipulaciones hechas por la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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