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Artículo 6

Resolucion 100-007888 de 2025 · Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un Nuevo País

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Responsable de Procesos. Los responsables de procesos que conforman el modelo de operación de la Entidad serán: los Superintendentes Delegados, Intendentes, Secretario General, Directores y Jefes de Oficina, quienes orientarán desde la fase de planeación hasta la evaluación la mejora de los procesos asignados, cuyo rol es vital para la normal operación de estos, para lo cual tendrán las siguientes funciones:  Implementar acciones o estrategias de sostenibilidad y mejoramiento continuo del SGI, de acuerdo con las directrices emitidas por la Oficina Asesora de Planeación o por el Representante de la alta dirección.  Proponer y aprobar ajustes al diseño de los procesos y procedimientos, con el fin de lograr las metas y objetivos de su operación.  Gestionar integralmente los riesgos de los procesos a su cargo.  Gestionar (diseñar, modificar, eliminar, aprobar, divulgar e implementar) la documentación de los procesos a cargo, con el acompañamiento técnico y asesoría de la Oficina Asesora de Planeación.  Prever e informar a la Oficina Asesora de Planeación los cambios que puedan afectar la conformidad del SGI en lo relacionado con los procesos.  Gestionar el conocimiento adquirido en la operación de los procesos que lidera, conforme a los lineamientos definidos.  Facilitar la asistencia de los colaboradores a las sesiones de formación y capacitación del SGI.  Validar la identificación, implementación y aplicación de controles y/o medidas administrativas a implementar, basadas en la administración del riesgo.  Implementar y difundir al interior del proceso los lineamientos definidos en el SGI.  Asistir a las capacitaciones y demás actividades que la Oficina Asesora de Planeación realice en el marco de implementación y fortalecimiento del SGI. ARTÍCULO SÉPTIMO. - Gestores. Los gestores serán los servidores públicos designados por los líderes de cada proceso, los cuales cumplirán las siguientes funciones:  Formular propuestas para modificar o actualizar la información documentada de procesos de acuerdo con la dinámica de cada Sistema.  Realizar el seguimiento y monitoreo sobre la operación de los procesos, identificar acciones de mejora, con el acompañamiento técnico y asesoría de la Oficina Asesora de Planeación.  Detectar no conformidades reales y potenciales e implementar las respectivas f0=0-2360-f0c0-23L0-f0c0-J360 acciones correctivas o de mejora necesarias para el mejoramiento del proceso.  Orientar en la identificación y control de los productos y servicios que no sean conformes de acuerdo con los requisitos previamente definidos por la Entidad.  Proponer y apoyar la implementación de planes o estrategias que propendan por la optimización, automatización y simplificación de las políticas, procesos, procedimientos, trámites y servicios asignados.  Promover la apropiación del SGI al interior del proceso asignado con el acompañamiento técnico y asesoría de la Oficina Asesora de Planeación. Haga clic aquí para escribir texto. Haga clic aquí para escribir texto. Haga clic aquí para escribir texto.  Apoyar en la identificación de riesgos o peligros y la implementación de controles y/o las medidas administrativas a implementar, basadas en las metodologías de administración de riesgos adoptada por la Entidad.  Contribuir al cumplimiento de políticas, objetivos y la aplicación de la información documentada.  Coadyuvar en la identificación de las necesidades de las partes interesadas y grupos de valor con fin de que se conozcan, comprendan y documenten de acuerdo con los servicios brindados por la Entidad.  Apoyar en la identificación de los cambios en cada uno de las políticas, sistemas o procesos, y propender por efectuar su constante autoevaluación con el fin de gestionar el cambio.  Apoyar al líder del proceso en la implementación y fortalecimiento de los lineamientos del SGI al interior del proceso.  Asistir a las capacitaciones y demás actividades que la Oficina Asesora de Planeación o el Líder de cada sistema realice en el marco del SGI.  Apoyar en la identificación, análisis seguimiento de los indicadores, así como alimentarlos en la herramienta dispuesta para tal fin.  Implementar el modelo de operación por procesos que permita estandarizar las actividades necesarias que den cumplimiento a la planeación estratégica institucional, la ejecución de los procesos de manera continua y sistemática, generando productos o servicios que correspondan con lo esperado por los grupos de valor y partes interesadas, a través de un conjunto de actividades enmarcadas en el ciclo PHVA (planear, hacer, verificar y actuar).

Parágrafo

1. Para el sistema de gestión ambiental se ha definido el rol de par ambiental, quien apoyará la implementación y seguimiento de este.

Parágrafo

2. Quien sea asignado como gestor o par ambiental, para la gestión de las actividades descritas en el presente artículo, dispondrá del tiempo y apoyo de su jefe directo para el desarrollo de dichas funciones ARTÍCULO OCTAVO. - Auditorías Internas. Establecen los lineamientos a tener en cuenta para realizar la evaluación del SGI de la Superintendencia de Sociedades, a través de la planificación y ejecución de auditorías internas que permitan determinar la adecuada implementación, mantenimiento y conformidad con la normativa, las disposiciones planificadas y los requisitos de las normas correspondientes al sistema que se esté evaluando. Es responsabilidad de las Oficina Asesora de Planeación y la Oficina de Control Interno apoyar la planificación y ejecución de estas, así como establecer registros e f0=0-2360-f0c0-23L0-f0c0-J360 informar sus resultados. ARTÍCULO NOVENO. - Apoyo a la implementación del SGI. Todos los servidores públicos, contratistas y demás partes interesadas del Sistema de Gestión Integrado de la Superintendencia de Sociedades, están obligados a prestar su apoyo al Representante de la Alta Dirección, en todo lo relacionado con la documentación, implementación, mantenimiento y mejora del SGI en la Entidad. La inobservancia de cualquiera de las disposiciones contenidas en la presente resolución generará la correspondiente investigación disciplinaria para el funcionario. Haga clic aquí para escribir texto. Haga clic aquí para escribir texto. Haga clic aquí para escribir texto. ARTÍCULO DÉCIMO. - Divulgación. Toda actualización realizada SGI de la Entidad se informará a través de los medios con los que ésta cuenta y se verá reflejada en la página web o en la herramienta definida para tal fin. ARTÍCULO UNDÉCIMO. - Vigencia y Derogatorias. La presente resolución deroga las Resoluciones 165-005317 de 2008 y 165-000 638 de 2018 y todas las disposiciones y manuales que le sean contrarios, y rige a partir de la fecha de su publicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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