El patrimonio del INCI será administrado por el Consejo Directivo mediante la aprobación de un presupuesto anual y de los demás actos pertinentes. El Director será ordenador de gastos de acuerdo con el presupuesto aprobado y ejecutará las decisiones del Consejo Directivo y los demás que le competen según el reglamento interno y las normas legales vigentes.
Decreto 2156 de 1972 →Vigente
Artículo 14
El Patrimonio Del Inci Será Administrado Por El Consejo Directivo Mediante La Aprobación De Un Presupuesto Anual Y De Los Demás Actos Pertinentes
Decreto 2156 de 1972 · Por el cual se clasifica y adscribe al Ministerio de Educación Nacional el instituto nacional para ciegos-INCI- y se aprueban sus estatutos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.