De la partida apropiada en el Capítulo 131, artículo 2752, del Presupuesto vigente, "para atender al pago de auxilios dispuestos por leyes preexistentes, de acuerdo con distribución que hará el Gobierno", hácese la siguiente distribución parcial:
CAPITULO 131
Articulo 2752.
Ordinal 34. Para la ampliación y modernización de su edificio, auxiliase al Colegio de María, de Yarumal, Antioquia, con la suma de...$ 50.000.00
El Ministerio de Obras Públicas ejercerá la interventoría sobre la inversión de este auxilio.