Micelio

Artículo 2

Decreto 2285 de 2005 · Por el cual se reglamentan los artículos 7° y 10 del Decreto-ley 790 de 2005

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Según lo señalado en el artículo 6º del Decreto-ley 790 de 2005, el representante de los empleados ante el Consejo Administrador del Sistema Específico de Carrera deberá cumplir con los siguientes requisitos

1.

Ser empleado de carrera.

2.

Acreditar tiempo de servicios en la entidad no inferior a un año a la fecha de la solicitud de inscripción para la elección.

3.

No haber sido sancionado disciplinariamente dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de inscripción.

Parágrafo

El representante de los empleados de carrera de que trata este artículo tendrá un suplente, quien deberá acreditar estos mismos requisitos y ambos serán elegidos conforme con el procedimiento que más adelante se establece. CAPITULO II De la conformación de la Comisión de Personal

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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