Micelio

Artículo 4

Ley 54 de 1987 · “por la cual se crea el Consejo Nacional Laboral”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Nacional Laboral será tripartito en su integración y de él formarán parte:

A .- En representación del Gobierno Nacional:

1.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social y su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

3.

El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado.

4.

El Ministro de Agricultura o su delegado.

5.

El Jefe Nacional de Planeación o su delegado.

B.- En representación de los empleados particulares:

Cinco (5) representantes con sus respectivos suplentes, designados por el Gobierno, de ternas presentadas por las asociaciones nacionales gremiales y empleadores de los distintos sectores económicos del país, escogidos en forma ponderada de conformidad con la participación de cada sector en el producto interno bruto y en las generaciones de empleo. Para los efectos anteriores el Gobierno se basará en los datos y cifras elaboradas por el "DANE".

C.- En representación de los trabajadores :

Cinco (5) representantes con sus respectivos suplentes de los trabajadores designados por el Gobierno de ternas presentadas por las confederaciones legalmente reconocidas, uno de los cuales representará a la Confederación de Pensionados de Colombia, ternado por ésta.

Parágrafo

A las deliberaciones del Consejo Nacional Laboral, podrán ser invitados con derecho a voz, funcionarios del Gobierno, asesores de los sectores empleador y trabajador, así como voceros de las organizaciones de empleadores y trabajadores no representadas en el Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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