Registro de plantas. En los Fondos Educativos Regionales y en las Secretarias de Educación Departamentales Intendenciales, Comisariales y del Distrito Especial de Bogotá, se llevará un registro actualizado de las plantas y novedades del personal. docente y administrativo de los institutos docentes nacionales y nacionalizados, así como de las plazas oficiales de colegios cooperativos, privados, jornadas adicionales y personal nacional y nacionalizado de los equipos de educación fundamental de la respectiva entidad territorial. Esta información se sistematizará en la División Especial sistemas y procesamiento de Datos del Ministerio de Educación Nacional, a partir de los recortes periódicos que remitan los Delegados Permanentes del Ministerio de Educación ante el FER a la División de Planta Docente y Ubicación Regional de Cargos.
Decreto 1706 de 1989 →Vigente
Artículo 24
Decreto 1706 de 1989 · Por el cual se reglamentan los artículos 7°, 10 y 18 de la Ley 29 de 1989, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.