Micelio

Artículo 6

Requisitos Para Ejercer La Profesión En Desarrollo Familiar

Ley 2336 de 2023 · por medio de la cual se dicta normas para el ejercicio de la Profesión de Desarrollo Familiar, se expide el Código Deontológico y Ético, se le otorgan facultades al Colegio Nacional de Profesionales en Desarrollo Familiar, se deroga la Ley 429 de 1998 y se dictan otras disposiciones relativas al ejercicio de la profesión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ejercer la profesión de Desarrollo Familiar se requiere acreditar formación académica mediante la presentación del título respectivo, prestar seis (6) meses de servicio en las entidades que el Gobierno designe, sea en el contexto urbano o rural, el cumplimiento de las demás disposiciones de ley y obtener la tarjeta profesional expedida por el Colegio Nacional de Profesionales en Desarrollo Familiar.

Parágrafo

Para la acreditación del requisito de tarjeta profesional, los profesionales contarán con el término de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para dar cumplimiento a lo dispuesto

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2336 de 2023