Micelio

Artículo 4

Artículo 577

Ley 2388 de 2024 · por medio de la cual se dictan disposiciones sobre la familia de crianza.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese un numeral 13 al artículo 577 del Código General del Proceso de conformidad con lo establecido en el artículo anterior, así:

Artículo 577. Asuntos sujetos a su trámite. Se sujetarán al procedimiento de jurisdicción voluntaria:

(...)

13.

La declaración del reconocimiento del hijo(a) de enanza, salvo disposición en contrario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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