Micelio

Artículo 1.6.2.9.2

Principios Que Rigen El Remate Virtual En El Proceso Administrativo De Cobro

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Principios que rigen el remate virtual en el proceso administrativo de cobro. En las audiencias de remate virtual, se atenderán los siguientes principios, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código General del Proceso o las normas que lo sustituyan o modifiquen:

1.Equivalencia funcional: los remates virtuales tendrán la misma validez y eficacia jurídica que los remates presenciales.

2.

Información: En virtud del cual se debe garantizar la seguridad, Imparcialidad, transparencia, accesibilidad, autenticación y trazabilidad de la información.

3.Seguridad: La herramienta tecnológica se regirá por los estándares de seguridad jurídica e informática, así como la seguridad de la información generada en los remates virtuales.

4.

Eficiencia: Los remates virtuales permiten el desarrollo adecuado de la venta forzada de los bienes, permitiendo la racionalización de los recursos de la Entidad y el cumplimiento de los objetivos institucionales.

5.

Igualdad: La herramienta tecnológica permitirá las mismas condiciones de accesibilidad y participación a los interesados registrados.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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