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Artículo 1

Hacer Las Siguientes Aclaraciones A

Decreto 1760 de 1969 · Por el cual se hacen unas aclaraciones al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerios de Gobierno y Educación Nacional)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hacer las siguientes aclaraciones a.1 Presupuesto de Gastos para la vigencia de 1969. Presupuesto do funcionamiento Ministerio de Educación Nacional CAPITULO 282 Financiamiento a cargo del Ministerio Programa 327 Aportes del Estado para el Fomento de la-Educación y la Cultura. Subprograma 2. Aportes para sostenimiento de Planteles de Educación Media 203, 313, 412. Artículo 3229. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media en el Departamento del Quindío. Ordinal 58. La leyenda correcta es: Comedor Infantil "Luisa de Marillac", Calarcá, en vez de: Colegio Luisa de Marillac, Calarcá. Subprograma 3. Aportes para sostenimiento de Planteles de Educación Superior-Normalista. 203, 313, 412. Artículo 3251. Aportes del Estado para sostenimiento de planteles de educación, superior normalista en el Departamento del Magdalena. Ordinal

1.

La leyenda correcta es: Escuela Normal de Señoritas de Pivijay, en vez de: Escuela Normal Integrada de Pivijay. Presupuesto de inversión Ministerio de Gobierno Programa 533 Auxilios para obras por Acción Comunal Sub programa 1. Fomento Educativo y Cultural. 609, 319. Artículo 5161. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Manizales, con destino a obras de fomento educativo y cultural en el Departamento de Caldas. Proyecto 37. La leyenda correcta es: Al Municipio de Ríosucio con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda Cruces, con destino a escuela, en vez de: Al Municipio de Ríosucio con destino a la Junta de Acción Comunal de la vereda Tres Cruces, con destino a escuela. Sub programa 5. Obras varias. 615, 443. Artículo 5283. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Cúcuta, con destino a obras varias en el Departamento de Norte de Santander. Proyecto 116. La leyenda correcta es: Para la Junta de Acción Comunal de la Silla, Corregimiento Barco, Municipio de Cúcuta, obras varias, en vez de: Para la Junta de Acción Comunal del Corregimiento de la Silla, Municipio de Cúcuta, obras varias. 615, 443. Artículo 5289. Para entregar a los Tesoreros Municipales por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Cali, con destino a obras varias en el Departamento del Valle del Cauca. Proyecto 74. La leyenda correcta es: Junta de Acción Comunal del Municipio de. Florida, en vez de: Junta de Acción Comunal de la Florida. Ministerio de Educación Nacional CAPITULO 575 A) Programas de inversión directa. Programa 708 Aportes del Estado para el fomento de. la Educación y la Cultura. Sub programa

2.

Construcciones para enseñanza media. 609, 313. Artículo. 6176. Aportes para construcción, ampliación, dotación y reparación de. Colegios en el Departamento de Nariño. Proyecto 4. La leyenda correcta es: Para entregar al "Instituto Max Seidel de Tumaco, con destino a obras varias de construcción de aulas", en vez de: Para entregar al Instituto Max Seidel, con destino a. varias obras de construcción de aulas. Subprograma

3.

Construcciones para Enseñanza Normalista. 609, 313. Artículo 6190. Aportes para construcción, ampliación, reparación y dotación de Normales en el Departamento del Magdalena. y Proyecto 1. La leyenda correcta, es: Construcción del edificio para el Colegio Nacional de Bachillerato del Municipio de Pivijay (cabecera), en vez de: construcción del edificio para la Escuela Normal Integrada del Municipio de Pivijay (cabecera). Proyecto 2. La leyenda correcta es: Al Colegio Nacional de Bachillerato de Pivijay, para, gabinetes de Física y Química, en vez de: a la Escuela Normal Integrada de Pivijay, para gabinetes de Física, y Química.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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