Micelio

Artículo 21

Son Funciones De La Sección De Asistencia Médica: A) Prestar Atención Médica, La Cual Incluye, Desde El Examen General De Admisión Y Exámenes Clínicos, Hasta El Tratamiento Quirúrgico, Radioterápico O Quimioterápico A Todos Los Pacientes Cancerosos Tratables Que Lleguen Al Instituto

Decreto 1598 de 1960 · Por el cual se organiza la lucha contra el cáncer en el territorio nacional, y se reorganiza el Instituto Nacional de Cancerología

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Asistencia Médica

a)

Prestar atención médica, la cual incluye, desde el examen general de admisión y exámenes clínicos, hasta el tratamiento quirúrgico, radioterápico o quimioterápico a todos los pacientes cancerosos tratables que lleguen al Instituto.

b)

Hacer los tratamientos necesarios para recuperar las funciones disminuidas o perdidas como consecuencia de enfermedades o tratamientos.

c)

Organizar convenientemente el Departamento de Archivos Clínicos del Instituto.

d)

Llevar el registro detallado de todas las actividades médicas del Instituto: Número de consultas en cada sección, exámenes hechos, tratamientos practicados, inyecciones aplicadas, etc., y elaborar los informes mensuales sobre hospitalizaciones, entradas, salidas, muertes, etc.

e)

Mantener el Kárdex de las citas de control de casos tratados, y llevar la correspondencia necesaria para segura el máximo de controles.

f)

Mantener correspondencia con los médicos que envíen pacientes al Instituto, informándoles sobre diagnósticos, y tratamientos y pronósticos.

g)

Llevar el registro fotográfico y el Kardex respectivo de las lesiones de los pacientes del Instituto, piezas quirúrgicas, radiografías, etc.

h)

Elaborar los informes anuales sobre las labores médicas del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1598 de 1960