Micelio

Artículo 2

Ley 8 de 1936 · por la cual se dicta una disposición sobre funcionamiento el Instituto Nacional de Rádium

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Administrador Ecónomo del Instituto Nacional de Rádium podrá contratar directamente la adquisición de drogas, productos biológicos, materiales y demás elementos que el Instituto requiera para su funcionamiento. Estos actos quedaran sometidos únicamente a la aprobación del Director y a la revisión de la Contraloría General de la Republica, en la parte que se relaciona con la fiscalización de cuentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 8 de 1936