Artículo segundo. Mácense las siguientes creaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos: DEPARTAMENTO DÉ BOYACA. Sogamoso. Una plaza de Operador Auxiliar de la Oficina Telegráfica, con asignación mensual de $ 120.00 DEPARTAMENTO DEL. TOLIMA Alvarado. Una plaza de Cartero ele la Oficina Mixta, con asignación mensual de 33.00 Espinal. Una plaza de Cartero de la Oficina Telegráfica, con asignación mensual de $ 48.00 Suman $ 207.00
El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se imputará al Capítulo 98, artículo 2003 del Presupuesto vigente.