Registro de los proyectos. Las personas públicas o privadas que diseñen o implementen proyectos de pago por servicios ambientales, deberán registrarlo ante la autoridad ambiental de la jurisdicción donde esté ubicada el área o ecosistema estratégico, presentando la siguiente información:
Nombre del proyecto;
Tipo de proyecto: voluntario o en cumplimiento de obligaciones ambientales;
Entidad implementadora;
Fuentes financiadoras;
Modalidad de proyecto de PSA;
Beneficiarios directos de los servicios ambientales;
Localización del proyecto: área y ecosistema estratégico, departamento, municipios y vereda;
Área total del proyecto en preservación y restauración (hectáreas);
Área de los predios que hacen parte del área y ecosistema estratégico y que son objeto del incentivo;
Valor del incentivo a reconocer ($/ha/año);
Método de estimación del valor del incentivo (beneficio neto o valor de la renta);
I) Valor del avalúo catastral promedio por hectárea;
Información de los predios seleccionados, que contenga la cédula catastral, dirección, folio de matrícula inmobiliaria, número de escritura pública y año;
Número de familias beneficiarías del incentivo;
Término de duración del Acuerdo (años);
Gastos asociados;
Autoridad ambiental de la jurisdicción en donde está ubicado el área o ecosistema estratégico y el predio, y donde se encuentran los interesados del servicio ambiental.
TEXTO CORRESPONDIENTE A