Recursos de Cooperación. En caso de que se reciban recursos que provengan de la cooperación internacional o de fuente diversa, relacionados con temas de desaparición forzada, estos serán ejecutados por la Defensoría del Pueblo, según la destinación de la entidad aportante o la decisión de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas. Los mismos deben quedar sujetos a los planes anuales aprobados por la Comisión.
Decreto 1862 de 2014 →Vigente
Artículo 18
Recursos De Cooperación
Decreto 1862 de 2014 · por el cual se establece el reglamento de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas creada por la Ley 589 de 2000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.