Micelio

Artículo 102

Condiciones Para Secretarios De Comisiones Diplomáticas

Decreto 8 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Decreto 613 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Condiciones para secretarios de comisiones diplomáticas. Para designación como secretarios de los agregados y adjuntos de policía, los suboficiales deben reunir las siguientes condiciones

a)

Tener, por lo menos, la jerarquía de sargento segundo;

b)

Haber aprobado los cursos o concursos reglamentarios con buenos resultados;

c)

Estar clasificado en lista uno (1) o dos (2), durante los tres (3) últimos años de servicio;

d)

Si fuere casado, que la esposa no tenga la nacionalidad del país ante el cual va a cumplir la comisión;

e)

No tener pendiente investigación de orden administrativo, fiscal o penal;

f)

Concepto favorable de la Dirección General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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