Micelio

Artículo 1

Decreto 4483 de 2008 · por el cual se dictan disposiciones para orientar y coordinar el Sector Defensa y se crean unos Comités.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Orientación y coordinación. El Ministro de Defensa Nacional es la autoridad competente para ejercer la función de orientación y coordinación de las entidades y dependencias que conforman el Sector Defensa. Para el ejercicio de esta función el Ministro de Defensa Nacional dictará la política con fundamento en los siguientes lineamientos

1.

Las entidades e instituciones del Sector Defensa para los efectos de orientación y coordinación serán organizadas como el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED", conformado por las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, así como las instituciones que se adhieran al Grupo siempre y cuando sus Juntas Directivas, Consejos Directivos o Consejo Superior, sean presididos por el Ministro de Defensa Nacional en virtud de estar su misión asociada al Sector Defensa.

2.

El Ministro de Defensa Nacional contará como apoyo para el desarrollo de esta función, con una Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" y con unos Comités por Unidad Estratégica de Negocio, así: Apoyo Logístico, Educación Vivienda y Recreación, Salud y Seguridad Social, y Apoyo a la Seguridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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