Micelio

Artículo 52

Decreto 2343 de 1996 · por el cual se reglamentan las actividades y servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado (Trunking), se atribuyen las bandas de frecuencia de operación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Homologación de equipos. El Ministerio de Comunicaciones homologará los equipos terminales de abonado utilizados en los sistemas de acceso troncalizado.

Parágrafo 1

El suscriptor podrá adquirir libremente en el mercado los equipos terminales de abonado que requiera para hacer uso del servicio y que sean compatibles tecnológicamente con el sistema.

Parágrafo 2

El Ministerio de Comunicaciones en consideración al adelanto tecnológico de las redes, sistemas y servicios de telecomunicaciones y al interés público, homologará, planificará y reglamentará la utilización y operación de nuevos equipos y tecnologías de sistemas de acceso troncalizado en las bandas del espectro radioelectrico que estime conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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