Micelio

Artículo 2

O

Decreto 2335 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 65 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o . El comité tendrá las siguientes funciones

a)

Aprobar la celebración de contratos o convenios que permitan la adquisición, construcción y dotación de la Ciudad Universitaria de la Universidad del Pacífico;

b)

Orientar la elaboración del Estatuto General de la Institución, del reglamento docente, estudiantil y de bienestar universitario;

c)

Orientar la elaboración del régimen administrativo y docente de la Universidad, de acuerdo al presupuesto asignado a la Institución en el Presupuesto General de la Nación;

d)

Adecuar la Universidad del Pacífico a la Ley 30 de 1992;

e)

Señalar las demás funciones que deberá desempeñar el representante legal de la Universidad;

f)

Fijar las funciones y los horarios del Rector.

Parágrafo

El Rector provisional será el representante Legal de la Universidad y tendrá la obligación de cumplir con lo previsto en la Ley 30 de 1992 en los aspectos administrativos y académicos para que la Universidad del Pacífico se adecue al régimen de Universidades Estatales. Las funciones asignadas al comité podrán ser delegadas en el Representante Legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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