Micelio

Artículo 31

Ley 90 de 1948 · Por la cual se fija la unidad monetaria y moneda de cuenta nacional, se confieren facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras diposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para abrir créditos en el Presupuesto de la próxima vigencia, con base en el producto, en moneda nacional, de los empréstitos externos ya contratados o que se contraten conforme a lo dispuesto en los artículos 28, 29 y 30 de la presente Ley, con el solo requisito de su aprobación por el Excelentísimo señor Presidente de la República, previo concepto favorable del Consejo de Ministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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