Micelio

Artículo 2

Ley 43 de 1947 · Por la cual se conceden autorizaciones a los Municipios de Pamplona, Puerto Valdivia y Tamalameque

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase a la Junta encargada de distribuir los auxilios para los damnificados de Puerto Valdivia para invertir en las obras que determine el Concejo de ese Municipio lo que sobre de los reconocimientos que se hagan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 43 de 1947