Micelio

Artículo 1

º A Partir Del 30 De Diciembre De 1988, Créase El Cargo De Un (1) Embajador Alterno, Grado Ocupacional 7 Ex, En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Las Naciones Unidas, Onu, Con Sede, En Nueva York, Estados Unidos De América, Con Una Asignación Mensual De Tres Mil Ochocientos Nueve Dólares Con 05/100 (Us$ 3

Decreto 2359 de 1988 · por el cual se crea un cargo en el servicio Exterior de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 30 de diciembre de 1988, créase el cargo de un (1) Embajador Alterno, Grado Ocupacional 7 EX, en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas, ONU, con sede, en Nueva York, Estados Unidos de América, con una asignación mensual de tres mil ochocientos nueve dólares con 05/100 (US$ 3.809.05).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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