Micelio

Artículo 21

Si La Propuesta O El Croquis Correspondiente No Cumpliere Con Las Formalidades Prescritas En Este Decreto, El Ministerio De Minas Y Petróleos Ordenará Que Se Ponga Tal Hecho En Conocimiento Del Interesado Para Que Dentro Del Término De Treinta Días, Prorrogable Por Veinte Más A Solicitud Del Mismo Hecha Antes De Vencerse El Término Inicial, Subsane Las Irregularidades Anotadas

Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si la propuesta o el croquis correspondiente no cumpliere con las formalidades prescritas en este Decreto, el Ministerio de Minas y Petróleos ordenará que se ponga tal hecho en conocimiento del interesado para que dentro del término de treinta días, prorrogable por veinte más a solicitud del mismo hecha antes de vencerse el término inicial, subsane las irregularidades anotadas. Una vez subsanadas en tiempo dichas irregularidades se procederá en la forma ordenada en el artículo anterior. Si no se las subsanare debidamente, se considerará retirada la solicitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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