Presupuesto. El Fondo funcionará con base en los presupuestos anuales de ingresos y gastos, visados por el Ministro de Minas y Energía, y en relación con los cuales se cumplirá con los ordenamientos de ley. El Fondo no podrá adquirir compromiso alguno que no tenga respaldo en la correspondiente disponibilidad presupuestal.
Decreto 483 de 1990 →Vigente
Artículo 12
Presupuesto
Decreto 483 de 1990 · por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Especial de Becas del Ministerio de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.