Micelio

Artículo 18

Son Funciones De Los Comandos De Las Fuerzas Militares Y De La Dirección General De La Policía Nacional, En Relación Con La Defensa Nacional: Preparar Y Ejecutar Los Planes Particulares Que En Desarrollo De Los Planes De Defensa Nacional, Emitidos Por El Comando General De Las Fuerzas Militares, Les Correspondan

Decreto 3398 de 1965 · Por el cual se organiza la defensa nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de los Comandos de las Fuerzas Militares y de la Dirección General de la Policía Nacional, en relación con la defensa nacional: Preparar y ejecutar los planes particulares que en desarrollo de los planes de defensa nacional, emitidos por el Comando General de las Fuerzas Militares, les correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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