Micelio

Artículo 12

El Ciudadano Que Para Las Elecciones Se Inscriba Más De Una Vez, Quedará Sujeto A Las Sanciones Establecidas En El Código Penal

Decreto 3254 de 1963 · Por el cual se hacen algunas aclaraciones en materia electoral

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El ciudadano que para las elecciones se inscriba más de una vez, quedará sujeto a las sanciones establecidas en el Código Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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