º Son funciones de la Subdirección de Crédito Público Externo
Colaborar con la Dirección en la formulación de políticas sobre endeudamiento externo.
Coordinar y participar en la gestión y negociación de los recursos de crédito externo.
Conceptuar sobre la conveniencia de gestionar y contratar las operaciones de crédito externo y sobre las garantías, y contragarantías a favor de la Nación, previo estudio jurídico y económico de la operación.
Dirigir y coordinar los trámites y gestiones necesarias para contratar, garantizar, modificar, refinanciar, consolidar y sustituir operaciones de crédito externo.
Asesorar a las entidades públicas sobre las posibilidades y características de la financiación que ofrecen las fuentes de crédito externo.
Comprobar que los compromisos que se proponga adquirir cualquier entidad pública cuya deuda se pretenda que sea garantizada por la Nación, cuenten con los recursos necesarios para su oportuna atención.
Asistir al Director General de Crédito Público en el control del cumplimiento de los convenios celebrados con entidades gubernamentales o con organismos financieros multilaterales.
Dirigir la elaboración de los informes con destino a la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público;
Coordinar los estudios para la presentación a la Dirección General del Presupuesto del cálculo de los recursos del crédito que deban ser incorporados en el Presupuesto de la Nación, solicitar y controlar su ejecución.
Solicitar los conceptos, refrendaciones, registros y publicaciones de su competencia, necesarios para la celebración, validez y perfeccionamiento de las operaciones de crédito externo.
Establecer los mecanismos de control y vigilancia sobre la inversión de los recursos de crédito público externo y sobre los aportes del Gobierno Nacional que complementen dichos recursos.
Participar en la planeación de las seminarios de orientación sobre contratación y ejecución de las operaciones de crédito externo.
Llevar el control de la utilización de las autorizaciones otorgadas por las leyes de endeudamiento externo.
Coordinar y vigilar el mantenimiento actualizado de la información sobre crédito externo. 1.2.1. DIVISIÓN JURÍDICA DE CRÉDITO PÚBLICO EXTERNO.