Prestaciones y beneficiarios. Además de las prestaciones sociales establecidas por la Ley, los empleados públicos del SENA, con las excepciones que se indican en los Artículos 37º. y 38º. de este Decreto, tienen derecho a las siguientes prestaciones que han venido disfrutando con anterioridad al presente Decreto:
1. Prima Semestral;
2. Prima quinquenal de antigüedad;
3. Prima de vacaciones;
4. Auxilio por entierro de familiares;
5. Auxilio por entierro del empleado;
6. Préstamos por calamidad doméstica;
7. Permiso por matrimonio;
8. Vivienda, y
9. Seguro de vida.