Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1315 de 1984 · Por el cual se dictan medidas en materia de impuesto de timbre sobre factura comercial y con destino a la Corporación para la Roconstrucción del Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El impuesto a que se refiere el artículo 14, numeral 3º de la Ley 2º de 1976 y el correspondiente reajuste de que trata el artículo 18 de la Ley 11 de 1983, se liquidarán en moneda legal colombiana a la tasa de cambio fijada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público e para la liquidación de los gravámenes de aduana ad-valorem. Serán liquidados y recaudados por la Administración o Recaudación de Impuestos Nacionales cuyo territorio corresponda a la Administración de Aduanas, a través de la cual se nacionalice la mercancía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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