Micelio

Artículo 27

Decreto 1972 de 2003 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los trámites para su liquidación, cobro, recaudo y pago.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prestación conjunta de varias modalidades de un mismo servicio . El operador que preste dos o más modalidades de telecomunicación pertenecientes a una misma clase de servicio deberá discriminar en forma independiente en la factura destinada al usuario cada clase de prestación que le suministra. En todo caso, para efectos del cálculo del valor de la contraprestación de concesión, integran los ingresos todos los emolumentos que se consignen en dicha factura, causados por concepto de la prestación de los servicios concedidos, sin tener en cuenta la desagregación de las diversas modalidades y prestaciones que se le suministren.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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