Declárase de utilidad pública e interés nacional la adquisición de bienes inmuebles que se requieran para la realización de los fines a que se refiere el artículo primero de esta Ley.
Ley 71 de 1973 →Vigente
Artículo 4
Ley 71 de 1973 · Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias pro témpore para dictar normas sobre fomento al descanso y recreación del trabajador
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.