Micelio

Artículo 11

A Más Tardar El 20 Enero De 2026, Los Órganos Que Conforman El Presupuesto General De La Nación Realizarán Los Ajustes A Los Registros En El Sistema Integrado De Información Financiera - Siif Nación, Tanto En La Imputación Por Concepto De Ingresos Que Corresponden A Los Registros Detallados De Recaudos De Su Gestión Financiera Pública A 31 De Diciembre Del Año Anterior, Como De Los Gastos, Cuando Haya Necesidad De Cancelar Compromisos Y/U Obligaciones

Decreto 1477 de 2025 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2026, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A más tardar el 20 enero de 2026, los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación realizarán los ajustes a los registros en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, tanto en la imputación por concepto de ingresos que corresponden a los registros detallados de recaudos de su gestión financiera pública a 31 de diciembre del año anterior, como de los gastos, cuando haya necesidad de cancelar compromisos y/u obligaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1477 de 2025