Micelio

Artículo 2

Decreto 907 de 1957 · Por el cual se distribuye la partida global apropiada para gastos de sostenimiento, compra de drogas, aseguros, fletes, etc.,de los Organismos de Salubridad y Campañas Sanitarias atendidas directamente por el Ministerio de Salud Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . El Ministerio de Salud Pública, por medio de resoluciones que deben llevar el visto bueno de la Dirección del Presupuesto Nacional, discriminará las partidas correspondientes a cada entidad. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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