Las representaciones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior prestarán su colaboración a los investigadores que se encuentran en viajes de estudio y les facilitarán los contactos con entidades dedicadas a la ciencia y la tecnología. Estas autoridades propiciarán la realización de convenios de cooperación científica y técnica que contribuyan al desarrollo científico, la transferencia de tecnología y el intercambio de investigadores y expertos.
Decreto 1767 de 1990 →Vigente
Artículo 83
Las Representaciones Diplomáticas Y Consulares De Colombia En El Exterior Prestarán Su Colaboración A Los Investigadores Que Se Encuentran En Viajes De Estudio Y Les Facilitarán Los Contactos Con Entidades Dedicadas A La Ciencia Y La Tecnología
Decreto 1767 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto de Ciencia y Tecnología.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.