Micelio

Artículo 2.2.5.8.4.2

Apoyo Económico De Sometimiento

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apoyo económico de sometimiento. Consiste en un beneficio económico que se otorga a los integrantes del Grupo Armado Organizado (GAO) que sean certificados por el Comité Interinstitucional de sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL) previa disponibilidad presupuestal y sujeto a los requisitos y términos que establezca la ARN. No será considerado fuente de generación de ingresos y no podrá ser otorgado de forma indefinida.

El integrante del GAO, podrá recibir mensualmente un apoyo económico de hasta cuatrocientos ochenta mil pesos ($480.000) de conformidad con el cumplimiento de los requisitos que establezca la ARN.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015