Artículo cuarto. El presente Decreto deroga las disposiciones que le sean contrarias, surte efectos fiscales a partir del 1° de junio de 1973 y rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,
Decreto 1430 de 1973 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1430 de 1973 · Por el cual se establece el régimen de clasificación, remuneración y nomenclatura de empleos para el Instituto Nacional de Radio y Televisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.