Los Jefes ú Oficiales que al marchar á incorporarse á un Cuerpo, gastaren más tiempo del que les señala el pasaporte, no tendrán derecho á sueldo durante los días que gasten de más, á menos que comprueben impedimento insuperable.
Decreto 153 de 1898 →Vigente
Artículo 66
Los Jefes Ú Oficiales Que Al Marchar Á Incorporarse Á Un Cuerpo, Gastaren Más Tiempo Del Que Les Señala El Pasaporte, No Tendrán Derecho Á Sueldo Durante Los Días Que Gasten De Más, Á Menos Que Comprueben Impedimento Insuperable
Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.