Micelio

Artículo 13

Decreto 4355 de 2005 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el artículo 50 del Decreto 195 de 2004, el cual quedará así: " Artículo 50. El Fondo Nacional de Regalías tendrá un Consejo Asesor de Regalías, conformado de la siguiente manera

1.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o el Subdirector General, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Minas y Energía, o el Viceministro.

3.

El Ministro de Educación Nacional o un Viceministro

4.

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o un Viceministro.

5.

El Ministro de Transporte, o el Viceministro.

6.

Dos gobernadores elegidos del seno de la Federación Nacional de Gobernadores.

7.

Dos alcaldes, elegidos del seno de la Federación Nacional de Municipios.

Parágrafo 1

El Consejo Asesor de Regalías deliberará con un mínimo de seis (6) de sus miembros, y las decisiones se adoptarán por la mayoría de los votos de los asistentes.

Parágrafo 2

La Secretaría Técnica del Consejo Asesor de Regalías será ejercida por el Director de Regalías.

Parágrafo 3

Las referencias que se hagan en disposiciones legales vigentes al Consejo Asesor del Fondo Nacional de Regalías se entenderán referidas, en lo pertinente, al Consejo Asesor de Regalías".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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