ARTICULO 51. Las competencias de las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no incluidas en el presente Decreto serán las señaladas en el Decreto 2145 de 1992 y las demás que les señale la ley, decreto o reglamento.
Decreto 1741 de 1993 →Vigente
Artículo 51
Las Competencias De Las Dependencias Del Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social No Incluidas En El Presente Decreto Serán Las Señaladas En El Decreto 2145 De 1992 Y Las Demás Que Les Señale La Ley, Decreto O Reglamento
Decreto 1741 de 1993 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
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