Micelio

Artículo 8

Ley 2094 de 2021 · por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el artículo 47 de la Ley 1952 de 2019 , el cual quedará así:

Artículo 47. Criterios para determinar la gravedad o levedad de la falta disciplinaria. Las faltas gravísimas están taxativamente señaladas en la ley. Se determinará si la falta es grave o leve de conformidad con los siguientes criterios:

1.

La forma de culpabilidad.

2.

La naturaleza esencial del servicio.

3.

El grado de perturbación del servicio.

4.

La jerarquía y mando que el servidor público tenga en la respec¬tiva institución.

5.

La trascendencia social de la falta o el perjuicio causado.

6.

Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta, que se apreciarán teniendo en cuenta el cuidado empleado en su preparación, el nivel de aprovechamiento de la confianza depo¬sitada en el investigado o de la que se derive de la naturaleza del cargo o función, el grado de participación en la comisión de la falta, si fue inducido por un superior a cometerla, o si la cometió en estado de ofuscación originado en circunstancias o condi¬ciones de difícil prevención y gravedad extrema, debidamente comprobadas.

7.

Los motivos determinantes del comportamiento.

8.

Cuando la falta se realice con la intervención de varias perso¬nas, sean particulares o servidores públicos.

9.

La realización típica de una falta objetivamente gravísima co¬metida con culpa grave, será considerada falta grave.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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