º. Desde el día 1°. de Enero de 1902 hasta el 31 de Diciembre de 1903, los billetes de 500 y 1,000 pesos, emitidos hasta esta fecha por el Gobierno, y los de 50 y 100 pesos, ya emitidos también, y los que en lo sucesivo puedan emitirse de estos últimos dos tipos, ganaran el interés del 6 por 100 anual. Se exceptúan los billetes de 50 y 100 pesos de edición norteamericana del Banco Nacional.
Decreto 1454 de 1901 →Vigente
Artículo 1
Desde El Día 1°
Decreto 1454 de 1901 · Por el cual reconoce un interés anual a los billetes de $ 1.000, 500, 100y 50 y se contribuye una garantía de él
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.