Micelio

Artículo 109

Decreto 2200 de 1987 · por el cual se regula el Régimen Especial de Administración de Personal y de Carrera Administrativa para los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El abandono del cargo se declarará cuando un empleado sin justa causa

a)

Deje de concurrir al trabajo por tres (3) días hábiles consecutivos;

b)

No reasuma sus funciones al vencimiento de una licencia, permiso, vacaciones o dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento de la prestación del servicio militar, o convocatoria como Reservista;

c)

No concurra al trabajo de serle concedida autorización para separarse del servicio, o en caso de renuncia, retirarse del servicio antes de vencerse el plazo de que trata el artículo 98 del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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